Atendido
a que varios de Uds., decidieron contratar un abogado de la ciudad de Coquimbo,
es que hemos decidido no realizar la reunión que se celebraría mañana en
aquella ciudad, si alguno de Uds., aún no tiene abogado y desea contratarnos,
debe llamarlos directamente al fono 9-9181785
ó al 02-26880810.
TRABAJADORES CONSTRUCTORA BRANEX LTDA
lunes, 3 de agosto de 2015
lunes, 27 de julio de 2015
NUEVA SUSPENSION DE REUNION COQUIMBO
En razón
de que muchos de Uds., aún tiene esperanza de que el Ministerio de Obras
Públicas les realice el pago directo de sus remuneraciones, es que hemos
suspendido la reunión fijada para mañana martes 28 de Julio de 2015, en la
ciudad de Coquimbo, la que se realizará, el día Martes 4 de Agosto de 2015, a
las 9:00, en la Plaza de Coquimbo, sólo en el evento de que aún no les hayan
pagado los sueldos.
Igualmente les hacemos presente, que
nuestra oficina se especializa en juicios laborales, relacionados con empresas
con insolvencia económica, y ya hemos ganado juicios contra el Ministerio de
Obras Públicas, en una situación similar, ocurrida en el año 2013, con la
Constructora Comsa de Chile S.A., que estaba construyendo el camino La Cantera,
en la ciudad de Coquimbo, en el que el Fisco de Chile, fue condenado a pagar
solidariamente por la ley de subcontratación, todas las prestaciones adeudadas
a los trabajadores.
martes, 21 de julio de 2015
SUSPENSION DE REUNION DE COQUIMBO
Debido a que el
Inspector Fiscal, habría señalado que dentro de hoy o mañana se pagarán las
remuneraciones a todos los trabajadores con contrato vigente, hemos decidido
suspender la reunión fijada para mañana miércoles a las 09:00, en la ciudad de
Coquimbo, la que se realizará el día 28
de Julio de 2015, a las 9:00 Hrs., en la Plaza de Armas de la ciudad de
Coquimbo.
En
lo personal, quiero decirles que dada mi amplia experiencia laboral, veo muy
improbable que les paguen los sueldos adeudos si es que no demandan el cobro de
los mismos, pero son Uds., los que tienen que convencerse y para eso que hemos
atrasado la reunión, a fin de que salgan de la duda y vean quien realmente les
está diciendo la verdad.
En
cuanto a la reunión de Santiago, esta se realizará el día Jueves 23 de Julio de
2015, a las 15:30, como originalmente se había programado.
lunes, 20 de julio de 2015
DEMANDA COLECTIVA PARA EL COBRO DE DERECHOS LABORALES ADEUDADOS
Atendido a que
CONSTRUCTORA BRANEX LTDA., paralizó la obra, denominada “MEJORAMIENTO RUTA
41-CH, SECTOR JUNTAS DEL TORO.PUENTE CAMARON, el día 11 de Julio de 2015, y que
a la fecha no se han pagado a los trabajadores las remuneraciones del mes de
Junio de 2015 y las remuneraciones del mes de Julio de 2015, las imposiciones
previsionales, y hay numerosos trabajadores que fueron despedidos previamente y
que tienen finiquitos impagos, es que los estamos organizando, a fin de poder
iniciar una demanda colectiva en contra de la empresa.
Para estos
efectos, en mi calidad de especialista en derecho laboral y quiebras, es que
realizaré dos reuniones con las personas que deseen asistir, sin ningún compromiso,
ni costo para Uds., a fin de informarles, cuales son sus derechos y los pasos a
seguir para demandar a la empresa, la que al parecer no retomará nuevamente la obra,
ya que evidentemente no cuenta con recursos para ello.
En efecto,
poseemos información, de que se adeudan más de $24.000.000.- por concepto de
hospedaje y varios millones más por concepto de restaurant.
Igualmente las
imposiciones previsionales se encuentra impagas, y los finiquitos de l os
trabajadores ya finiquitados, ascienden a
más de $60.000.000.-
Las reuniones
se realizarán:
COQUIMBO:
El día 22 de Julio de 2015, nos reuniremos a las 9:00 en
la Plaza de Coquimbo. A esta reunión, podrán asistir los trabajadores ya
despedidos con finiquito impago y los trabajadores con contrato vigente.
Deben llevar los siguientes documentos:
1- Fotocopia del carnet de
identidad.
2- Fotocopia de contrato de
trabajo.
3- Fotocopia de las tres
últimas liquidaciones pagadas.
4- Certificado de
imposiciones previsionales de todo el período trabajado en la empresa.
Los
trabajadores que luego de la reunión decidan contratarme, deberán firmar en ese
mismo acto un mandato judicial, en la notaría de don Claudio Barrena, ubicada
al frente de la plaza, luego de lo cual yo comenzaré a realizar todas las
gestiones judiciales destinadas a cobrar los dineros que a Uds., se les
adeudan.
Entendiendo
que muchos de Uds., no tienen dinero ni para el bus, es que me comprometo a
pagarles a todos quienes asistan la cantidad de $5.000.- a fin de que puedan
concurrir a la reunión y no dejen que esta empresa siga abusando de su buena
fe, incumpliendo gravemente el contrato de trabajo, como les da la gana.
SANTIAGO:
El día 23 de Julio de 2015, nos reuniremos a las 15:30
hrs, en mi oficina ubicada en calle Huérfanos N°1117, of. 1018, Comuna y ciudad
de Santiago. A esta reunión, pueden asistir los trabajadores ya despedidos con
finiquito impago y los trabajadores con contrato vigente.
Deben llevar los siguientes documentos:
5- Fotocopia del carnet de
identidad.
6- Fotocopia de contrato de
trabajo.
7- Fotocopia de las tres
últimas liquidaciones pagadas.
8- Certificado de
imposiciones previsionales de todo el período trabajado en la empresa.
Los
trabajadores que luego de la reunión decidan contratarme, deberán firmar en ese
mismo acto un mandato judicial, en la Notaría Santos, ubicada en calle
Agustinas 1161, entrepiso, en que deberán hablar con Juan Carlos, indicándoles que
vienen a firmar un mandato para doña Roxana Barrera Acuña.
HONORARIOS:
Desde ya les informo que mis honorarios para las personas
que decidan contratarme para demandar a la empresa, ascenderán a un 15% del
monto total recuperado en beneficio del cliente, el que incluye todos los
gastos y que será descontado al momento de recibir el pago, ya sea por parte de
la empresa, o por parte del Fisco de Chile, quien es el que debe responder por
las obligaciones del MOP.
RESPONSABILIAD DEL MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS:
Aparentemente BRANEX, no tiene ningún bien de valor que
permita suponer que algún dia ellos realizarán un pago a los trabajadores, por
lo que la demandada será enfocada a que el Fisco de Chile, sea condenado y
pague solidariamente, en su calidad de mandante de la obra, según la ley de subcontratación.
Para estos efectos, es importantísimo hacer presente
desde ya, que el MOP, o Fisco, sólo debe
responder de las obligaciones que nazcan estando vigente el contrato de construcción
celebrado por esta entidad y BRANEX, y no tiene obligación de responder por los
derechos laborales que se originen luego de que ellos, terminen el contrato con
Branex.
Es por esto mismo, que es de suma importancia que los
trabajadores que aún siguen ligados a la empresa, ejerzan su opción de realizar un autodespido o despido
indirecto, mientras aún está vigente el contrato de construcción entre BRANEX y
MOP, ya que si por ejemplo, son despedidos días después de que el Fisco, le haya
quitado el contrato a Branex, tienen alto riesgo de perder el derecho a
cobrarle al Fisco, la indemnización sustitutiva del aviso previo y la indemnización
por años de servicio, ya que estos derechos sólo nacen con el despido o despido
indirecto.
Más detalles y explicaciones se entregarán en las
reuniones ya señaladas.
Para cualquier duda o
consulta me pueden contactar al fono: 02-26880810 ó al celular 9-9181785.
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